Derechos y Responsabilidades de los Inquilinos en Washington, DC
El siguiente listado sirve para responder a muchas de las preguntas sobre los derechos de los inquilinos en Washington DC. Si crees que tus derechos han sido violados o no entiendes tus derechos llama a un organizador de inquilinos en LEDC a 202-588-5102.
¿Qué debo de hacer si tengo problemas de mantenimiento?
¿Qué debo de hacer si aún no se resuelvan los problemas de mantenimiento?
¿Cuánto puede cobrar el dueño del edificio para la renta?
¿Si el dueño del edificio quiere renovar el edificio, voy a tener que mudarme?
¿Se vende mi edificio; qué puedo hacer?
¿Qué pasa si el dueño del edificio quiere convertir los apartamentos en condominios?
¿Quién puede convertir el edificio?
¿Quiénes son elegibles para votar para/contra la conversión del edificio?
¿Qué debo de hacer si tengo problemas de mantenimiento?
- Usa un diario para documentar los problemas de mantenimiento en su unidad o áreas comunes de su apartamento. Apunta la fecha que informó a la administración, cualquier fecha cuando trabajaba en la reparación para corregir el problema, y la fecha cuando se terminaron la reparación.
- Entrega todas las quejas a la administración por escrito. Saca una copia. Si es posible obtenga la firma de un empleado de la administración y ponga la fecha para que tengan la prueba de que lo hayan recibido.
- Contacta a LEDC para un formulario de solicitud que puede utilizar para entregar solicitudes y documentar el proceso.
- No hagas una denuncia por teléfono o en conversación.
- No hagas una denuncia a los empleados de mantenimiento—haz las denuncias directamente al gerente de la propiedad.
- Si existen problemas serios en el edificio, tu asociación de inquilinos debe escribir una carta que detalle todos los problemas. La asociación puede documentar los problemas y anotar cuando están resueltos. Representantes de la asociación puede dar seguimiento para asegurar que se hayan hecho las reparaciones.
¿Qué debo de hacer si aún no se resuelvan los problemas de mantenimiento?
- Contacta a D.C. HRA – La Administración de Regulación de Vivienda. Este departamento es responsable para la administración y la ejecución de las leyes y códigos.
- Cuando contactas a HRA asegura tener la información necesaria a mano. Es muy importante que dejes un número dónde te pueden llamar durante el día de trabajo.
- Una asociación de inquilinos puede solicitar una inspección por todo el edificio.
¿Cuánto puede cobrar el dueño del edificio para la renta?
- Aumentos de renta pueden ocurrir una sola vez al año.
- Si crees que te ha subido la renta de manera ilegal, contacta a LEDC hoy.
¿Si el dueño del edificio quiere renovar el edificio, voy a tener que mudarme?
- Un dueño del edificio necesita dar 120 días de anticipación antes de desplazar a los inquilinos de sus apartamentos para las renovaciones.
- Como requisito, los dueños tienen que proveer asistencias para la reubicación.
¿Se vende mi edificio; qué puedo hacer?
Bajo la ley de vivienda en DC, los inquilinos tienen el primer derecho a comprar su edificio cuando está de venta. Si haya recibido una notificación de venta del dueño del edificio, tienes varias opciones:
1. Comprar el Edificio: Los inquilinos puede comprar el edificio y convertirlo en una cooperativa, un condominio, o preservarlo como un edificio de renta.
2. Encontrar un Comprador y Negociar: Es posible buscar un acuerdo que beneficia los residentes actuales con una compañía que quiere comprar el edificio. (El primer paso si los inquilinos están interesados en negociar o comprar es incorporar una asociación y escribir una Carta con la Intención de Comprar.)
3. No hacer nada: Se puede vender el edificio a otra compañía y dejarlo como un edificio de renta. En el futuro el dueño puede convertirlo a un condominio. O, el dueño puede ofrecer dinero a los inquilinos para que se muden de sus apartamentos. Si no hacen nada pierdan la oportunidad de decidir el futuro del edificio.
Conversión a los Condominios
¿Qué pasa si el dueño del edificio quiere convertir los apartamentos en condominios?
- Un dueño puede convertir si más de la mitad de los inquilinos votan a favor de conversión.
Primero, un dueño tiene que solicitar una elección por medio de una solicitud escrita dado a cada inquilino y a la Oficina de Conversiones y Ventas de DCRA. - Tiene que enviar esta solicitud por correo y publicarla en el edificio.
¿Quién puede convertir el edificio?
- Solo un propietario puede convertir el edificio. Una compañía que desarrolla los edificios puede comprar el edificio y después convertirlo pero lo puede convertirlo antes de ser dueño del edificio.
¿Qué deben de hacer los inquilinos para asegurar que pueden votar sobre el futuro de nuestro edificio?
- Una organización de inquilinos tiene 30 días para decidir cuando van a tener una elección y si el edificio convertirá a condominios o no.
- A final de los 30 días la asociación necesita dar notificación sobre la elección para cada inquilino y a la oficina de conversiones y ventas. Esta notificación tiene que incluir la fecha, la hora, el lugar de la elección, información sobre la elegibilidad, el formulario del voto en ausencia, y un resumen de la información de inquilinos.
- Tienen 60 días después del día cuando el dueño entrega la solicitud para tener las elecciones o pierdan su derecho de tener una elección.
- Cualquier inquilino o dueño elegible puede pedir la elección. (No tiene que ser la asociación de inquilinos.)
- Los formularios de elegibilidad para el voto tienen que estar completados y entregados a la Oficina de Conversión y Ventas por lo menos siete días antes del voto. Solo los residentes que completan este formulario pueden votar.
Oficina de Conversión y Ventas determinará quienes califican para votar y prepararán un listado que estará disponible durante la elección. - Se puede votar en persona durante la elección (preferiblemente con un representante de DCRA presente,) o por la papeleta de voto de ausencia.
- La asociación de inquilinos tiene que informar a la Oficina de Conversión y Ventas y el dueño sobre los resultados de la elección y publicar los resultados en un área común dentro de tres días de trabajo.
- Los inquilinos ancianos tienen derecho quedarse en el edificio como arrendadores aún si el edificio se convierte en condominios.
- Personas quienes son cabezas de la familia, tienen 62 años o más, y tienen un ingreso familiar anual menos de $40,000 están protegidos por la ley.
- Aumentos de renta para estos inquilinos no pueden llegar más de lo que está permitido por el control de renta (nunca más de 5% al año).
¿Quiénes son elegibles para votar para/contra la conversión del edificio?
- Solo las cabezas de familia viviendo en el apartamento. No se permite votar las personas que tienen las siguientes características.
- Los ancianos protegidos de la evicción. Las familias que tienen algún miembro de la familia recién llegado al edificio (menos de 90 días). Las familias que tienen algún miembro de la familia trabajando para el dueño de casa en los últimos 120 días de la solicitud del dueño.



